Escrito por Robinson Lachaga en Derecho Administrativo
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Por fin, la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea zanja la cuestión sobre los procedimientos sancionadores de expulsión (artículo 57 y siguientes de la LO 4/2000) incoados contra ciudadanos extranjeros en situación irregular en España. (más…)
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La autorización de regreso es un documento emitido por el Delegado o Subdelegado del Gobierno competente, por el Comisario General de Extranjería y Fronteras o por los titulares de las comisarías y puestos fronterizos del Cuerpo Nacional de Policía, por la cual se autoriza la salida y el posterior retorno al territorio nacional al extranjero cuya autorización de residencia o estancia se encuentre en periodo de renovación o prórroga, o su tarjeta de residencia (TIE) ha sido robada, extraviada, se ha destruido o inutilizado. (más…)
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Desde el pasado 30 de abril de 2021, con la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, la jura de nacionalidad española por residencia, opción o carta de naturaleza, no solo podrá realizarse, como se venía haciendo hasta ahora de forma habitual ante el Encargado del Registro Civil correspondiente al domicilio del interesado, sino que, además, podrá realizarse ante notario, o funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil. (más…)
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La completa entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, ofrece a los ciudadanos la posibilidad de solicitar la previa tramitación de un acta notarial para acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad y la inexistencia de impedimentos o su dispensa, o cualquier otro obstáculo, de acuerdo con lo previsto en el Código Civil, según postula el artículo 58 de dicha norma legal en cuanto al procedimiento para autorización matrimonial.
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Aquellas personas que estén provistas de un certificado de vacunación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias, serán excluidas de la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y eventual denegación de entrada en frontera, por motivos de orden público o salud pública (Orden INT/657/2020, de 17 de julio).
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