Mié. May 1st, 2024
empresa en españa

Es evidente que en España, desde siempre han existido mecanismos por los cuales un empresario extranjero, ya sea extracomunitario o comunitario, pudiera establecer su actividad empresarial en territorio español, bien a través de filiales o sucursales, o bien constituyendo una sociedad mercantil desde cero.

Pero en la actualidad, el Gobierno español, ha elaborado una serie de procedimientos por los cuales se simplifican los procedimientos estándares y de alguna forma facilitan las gestiones a la hora de trasladar una empresa extranjera o constituir una nueva, otorgando además el permiso de residencia a su responsable y familiares. La normativa que regula estos aspectos es la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

En concreto en su artículo 69 se dice:

Residencia para emprendedores.

1. Aquellos extranjeros que soliciten entrar en España o que siendo titulares de una autorización de estancia o residencia o visado pretendan iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica como emprendedor, podrán ser provistos de una autorización de residencia para actividad empresarial, que tendrá validez en todo el territorio nacional.
2. Los solicitantes deberán cumplir los requisitos generales previstos en el artículo 62 y los requisitos legales necesarios para el inicio de la actividad, que serán los establecidos en la normativa sectorial correspondiente.

¿Qué se entiende por actividad emprendedora o empresarial?

Artículo 70. Definición de actividad emprendedora y empresarial.

1. Se entenderá como actividad emprendedora aquella que sea de carácter innovador con especial interés económico para España y a tal efecto cuente con un informe favorable del órgano competente de la Administración General del Estado.
2. Para la valoración se tendrá en cuenta especialmente y con carácter prioritario la creación de puestos de trabajo en España. Asimismo, se tendrá en cuenta:
a) El perfil profesional del solicitante.
b) El plan de negocio, incluyendo el análisis de mercado, servicio o producto, y la financiación.
c) El valor añadido para la economía española, la innovación u oportunidades de inversión.

Robinson Lachaga

Robinson LachagaAutor: Robinson Lachaga Abogado en ejercicio, experto en materia de extranjería e inmigración, incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Ofrezco asesoramiento jurídico y asistencia letrada, tanto en fase administrativa como en fase judicial.
Robinson Lachaga

por Robinson Lachaga

Abogado en ejercicio, experto en materia de extranjería e inmigración. Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y Director Ejecutivo de Extranjería Abogados.

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