Vie. Abr 26th, 2024

El pasado 31 de enero de 2020 se aprobó definitivamente el «Acuerdo de Retirada» del Reino Unido de la Unión Europea, y con ello se oficializa el «BREXIT», abandono de aquel país la comunidad política. Una salida, que se ha procurado realizar de forma ordenada, con la finalidad de garantizar los derechos y proporcionar seguridad jurídica a los ciudadanos, operadores económicos, autoridades judiciales y autoridades administrativas de la Unión y del Reino Unido.

Tales medidas se recogen en dicho “Acuerdo de Retirada”, un documento que consta de 185 artículos y tres protocolos adicionales. Una de sus medidas más significativas y que tiene que ver con la situación de residencia de los ciudadanos, es el “período transitorio” que ha comenzado el 31 de enero de 2020 y concluye el 31 de diciembre de 2020 (susceptible de prórrogas adicionales) por el cual se pretende regularizar la situación de los ciudadanos de la Unión residentes legales en el Reino Unido y ciudadanos nacionales del Reino Unido residentes legales en territorio de la Unión.

A continuación, os dejo la versión oficial del «Acuerdo de Retirada» y los tres protocolos adicionales: Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte. Protocolo sobre las zonas de soberanía de Reino Unido en Chipre. Protocolo sobre Gibraltar, publicado en la página web oficial de la Unión Europea.

Acuerdo de Retirada de la Unión Europea y Protocolos adicionales. (Versión oficial oficial)

A continuación, os dejo el link de la versión explicada, publicada en la página web oficial de la Comisión de la Unión Europea, donde de forma ilustrativa se explica la figura del BREXIT.

Acuerdo de Retirada de la Unión Europea. (Versión explicada)

A lo que aquí interesa, es decir, ¿cómo afecta la retirada del Reino Unido «BREXIT» a los ciudadanos británicos o sus familiares residentes legales en España?, hay que decir que, durante el periodo transitorio se mantendrán sus derechos derivados de la aplicación del Derecho de la Unión con las siguientes excepciones del Derecho de sufragio activo y pasivo en elecciones al Parlamento Europeo y el ejercicio de la iniciativa Legislativa Ciudadana de la UE. Una vez finalizado el periodo transitorio y sus prórrogas (si las hubiere), el Acuerdo de Retirada prevé que se mantendrán sus derechos de residencia, trabajo, estudios y Seguridad Social.

En este sentido, la Comisión Europea ha desarrollado una Nota Informativa donde se recogen una serie de preguntas y respuestas sobre quiénes se benefician del Acuerdo de Retirada y cuáles son sus derechos.

A continuación, os dejo el link de la Nota Informativa publicada en la página web oficial de la Comisión de la Unión Europea.


Nota Informativa de la Comisión Europea sobre los derechos de los ciudadanos de la UE y del Reino Unido, según el acuerdo de retirada.

por Robinson Lachaga

Abogado en ejercicio, experto en materia de extranjería e inmigración. Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y Director Ejecutivo de Extranjería Abogados.

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