Escrito por Robinson Lachaga en Extranjeria
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España permite que aquellos extranjeros extracomunitarios que sean profesionales altamente cualificados, puedan venir al país provistos de un visado o permiso de residencia, siempre que su actividad se desarrolle en el ámbito de la formación, investigación e innovación.
Conforme al artículo 72 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores, los extranjeros que pretendan entrar en España, o que siendo titulares de una autorización de estancia y residencia, deseen realizar
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Escrito por Robinson Lachaga en Derecho Administrativo, Extranjeria
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En España existen múltiples procedimientos administrativos por los cuales un extranjero extra-comunitario puede venir a residir de forma legal o en su defecto, regularizar su situación, si ya se encuentra en territorio español.
Uno de esos procedimientos viene contemplado en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización haciendo referencia al visado o residencia para profesionales altamente cualificados.
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Escrito por Robinson Lachaga en Derecho Administrativo, Extranjeria
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Según establece el artículo 63 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización:
Los extranjeros no residentes que se propongan entrar en territorio español con el fin de realizar una inversión significativa de capital podrán solicitar el visado de estancia, o en su caso, de residencia para inversores.
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Escrito por Robinson Lachaga en Extranjeria
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Invest in Spain. Invertir en España permite residir de forma legal.
De acuerdo a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, los extranjeros no comunitarios que estén dispuestos a invertir al menos 500.000 euros en uno o varios bienes inmuebles en España, adquirirán de forma automática un visado de residencia que les permitirá residir de forma legal por el plazo de un año, donde además podrán solicitar el permiso de residencia, el cual les podrá ampliar este plazo de un año a dos. (más…)