Escrito por Robinson Lachaga en Derecho Administrativo
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Ciertos procedimientos en materia de extranjería en España, requieren como requisito «sine qua non» para ser concedidos, que la situación nacional de empleo lo permita, y lo permite, cuando esa oferta de trabajo no puede ser atendida por trabajadores que están en situación de desempleo en el país. Sin perjuicio de ello, para algunos procedimientos no se exige dicho requisito. En concreto, los supuestos que estable el artículo 40 de la Ley de extranjería.
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