Escrito por Robinson Lachaga en Derecho Administrativo
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La respuesta es SI, SI SE PUEDE. Aunque, ha tenido que ser nuestro Tribunal Supremo quien lo ha confirmado. Hasta dicho pronunciamiento, no estaba tan claro, al menos no lo estaba para la Administración, que solía inadmitir a tramite las solicitudes de renovaciones o denegar las mismas pronunciándose sobre el fondo. Sin embargo, con esta resolución judicial, nuestro máximo tribunal de justicia, ha zanjado la polémica. En concreto, la sentencia a la que me estoy refiriendo, es la dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 27 de mayo de 2019, rec. nº 702/2019.
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