Jue. Abr 25th, 2024

El día 16 de febrero de 2019 entró en vigor un reglamento comunitario por el cual se suprime la exigencia de legalización de una serie de documentos públicos expedidos en un Estado miembro de la Unión Europea y que vayan a ser presentados en otro Estado miembro. La norma comunitaria se promulga de acuerdo con el principio de confianza mutua entre los estados miembros, y con el objeto de facilitar la libre circulación de ciudadanos comunitarios dentro de la Unión. En concreto el reglamento comunitario es el REGLAMENTO (UE) nº 2016/1191 y dispone lo siguiente:

El presente Reglamento se aplica a los documentos públicos expedidos por las autoridades de un Estado miembro de conformidad con su Derecho nacional que han de ser presentados a las autoridades de otro Estado miembro y cuyo principal objetivo es establecer uno o más de los siguientes hechos:

a) el nacimiento.

b) que una persona está viva.

c) la defunción.

d) el nombre.

e) el matrimonio, incluidos la capacidad para contraer matrimonio y el estado civil.

f) el divorcio, la separación judicial y la anulación del matrimonio.

g) la unión de hecho registrada, incluidas la capacidad para inscribirse como miembro de una unión de hecho y la condición de miembro de una unión de hecho registrada.

h) la cancelación del registro de una unión de hecho, la separación judicial o la anulación de una unión de hecho registrada.

i) la filiación.

j) la adopción.

k) el domicilio o la residencia.

l) la nacionalidad.

m) la ausencia de antecedentes penales, siempre que los documentos públicos al respecto sean expedidos a un ciudadano de la Unión por las autoridades del Estado miembro del que tiene la nacionalidad.

El presente Reglamento no se aplica a:

a) los documentos públicos expedidos por autoridades de países terceros.

b) las copias certificadas de los documentos a que se refiere la letra a) realizadas por las autoridades de un Estado miembro.

por Robinson Lachaga

Abogado en ejercicio, experto en materia de extranjería e inmigración. Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y Director Ejecutivo de Extranjería Abogados.

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